Este beneficio solo se otorgará por única vez
El crédito suplementario, que fue aprobado el último viernes 27 de octubre por el Congreso, y fue propuesto por el Gobierno, considera la entrega de un bono de 600 soles a los trabajadores públicos del país.
De esta manera, se autorizó el otorgamiento de un bono único, de 600 soles para los servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 276, los trabajadores de la 728 y los trabajadores del decreto 1057 (régimen CAS).
También se abarca a los trabajadores dentro de la Ley 30057 (Ley del servicio civil), los trabajadores que pertenecen a la Ley 29709 (Régimen de los trabajadores penitenciarios) y los que pertenecen a la Ley 28091 (Miembros del servicio diplomático).
La norma alude a trabajadores de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
Sin embargo, en posición de los servidores civiles bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276 del grupo ocupacional funcionario, previo al abono, la entidad debe reconocer que el servidor no desempeñe cargo de dirección o de confianza y no agrupe las siguientes particularidades, las mismas que son excluyentes entre sí:
Estar al mando de todo o parte del personal de la organización, quiere decir, tener la capacidad y la obligación de dirigir un grupo humano, organizando, normando y supervisando el trabajo de sus integrantes.
Dicho poder debe ser formal, esto es, estructurado, derivar del hecho de ocupar cargos previstos en los instrumentos de gestión de la entidad.
Desempeñar la representación de la organización o ejercer la titularidad de un órgano o una unidad orgánica determinada.
Tener la capacidad de tomar decisiones.