La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) impuso una sanción ejemplar a la Clínica Delgado: una multa de 125 UIT, equivalente a seiscientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta soles (S/668,750), por haber vulnerado la confidencialidad médica de la reconocida cantante colombiana Shakira, quien fue atendida en sus instalaciones en febrero de este año.
La sanción, calificada como falta grave, responde a la difusión no autorizada del estado de salud de la artista, una información que, según Susalud, fue filtrada a medios de comunicación presuntamente por personal de la misma clínica. La entidad recordó que revelar datos clínicos sin consentimiento directo del paciente, su representante legal o familiar responsable es una violación al derecho fundamental a la intimidad, protegido por la Constitución y la Ley General de Salud.
Susalud recalcó que la confidencialidad médica comprende toda información relacionada con diagnósticos, tratamientos y evolución clínica, y que esta se considera dato personal sensible bajo la Ley de Protección de Datos Personales. Por ello, su difusión no solo representa una infracción administrativa, sino un atentado contra la dignidad del paciente.
Este caso ha generado repercusión en el sector salud, recordando que todos los ciudadanos —sin importar su nacionalidad o fama— deben ser atendidos bajo los principios de respeto, privacidad y seguridad. La multa a la Clínica Delgado marca un precedente para todas las entidades prestadoras de servicios de salud: la confidencialidad no es negociable.

