El pasado jueves 14 de septiembre, con 49 votos a favor, 46 en contra y 11 abstenciones el Congreso de la República aprobó un proyecto de ley que aumentará el sueldo para quienes trabajen en horario de madrugada.
Al respecto, la ahora autógrafa de ley, que modifica el decreto legislativo 854, señala que este incremento es para las personas que trabajen entre las 10 de la noche hasta las 6 de la madrugada.
¿De cuánto será el aumento? El incremento será del 35% del valor diario de la remuneración básica de cada jornada laborada en el horario diurno. Es decir, si el sueldo mínimo de una persona es 1025 soles, el salario nocturno será 1383.75 soles.
“El trabajador que labora en horario nocturno percibirá el pago de una sobretasa por trabajo nocturno del treinta y cinco por ciento (35%) del valor diario de la remuneración básica de cada jornada laborada en el horario diurno, salvo convenio en contrario que sea más beneficioso para el trabajador y su salud”, se lee en el proyecto.
Cabe señalar que el Poder Ejecutivo debe promulgar la autógrafa de ley en el Diario Oficial El Peruano.