En el Perú, las personas mayores de 70 años aún pueden manejar, pero deben cumplir requisitos específicos establecidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Según el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, desde los 70 años es obligatorio aprobar evaluaciones médicas y psicológicas para obtener o renovar la licencia de conducir. A los 80 años se establece el límite para obtener o revalidar un brevete, tanto para licencias profesionales como no profesionales.
Para licencias particulares (Clase A, categoría I), la vigencia varía por edad: cinco años entre los 70 y 75 años; tres años entre los 76 y 81; y dos años desde los 81 en adelante. Estas licencias permiten conducir autos particulares y su renovación exige un certificado médico actualizado y no contar con impedimentos legales. El proceso de evaluación garantiza que el conductor se mantenga en condiciones físicas y mentales adecuadas para circular con seguridad.
En el caso de licencias profesionales, como las que permiten conducir taxis, buses o camiones, las exigencias son mayores. Su vigencia se reduce a un año entre los 70 y 75 años y a solo seis meses desde los 76 años hasta los 81. A partir de los 81, ya no es posible renovar estas licencias. La razón es el nivel de exigencia física y responsabilidad que implica conducir vehículos de transporte público o carga pesada.
La vigencia del brevete se puede consultar en línea ingresando el número de DNI en la web oficial del MTC. Con esta normativa, el Gobierno busca proteger tanto a los conductores mayores como a los peatones y demás usuarios de las vías, promoviendo una movilidad más segura para todos.