El Congreso de la República aprobó un proyecto de ley para blindar a los partidos políticos que están siendo investigados por actos delictivos.
Según señala la norma, modifican el artículo 105 del Código Penal y el artículo 5 de la Ley 30424, por lo que ahora los partidos que incurran en delitos no podrán ser disueltos, clausurados o suspendidos, sólo podrán ser sancionados con multas administrativas.
Con 89 votos a favor y 15 en contra, y, además exonerado de la segunda votación, el Legislativo, aprobó el dictamen del Proyecto de Ley 6084, “Ley que optimiza la democracia representativa y establece medidas de lucha contra la corrupción en las organizaciones políticas».
Es decir, que ya no se pueden aplicar la medidas tales como clausura de locales, disolución de la organización y suspensión de actividades a un partido político, así haya sido determinado por un juez.
Siguiendo esa línea, la norma señala que solo los integrantes de los partidos podrán ser investigados de manera individual.