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No podrán despedirte si tienes hijos menores de 1 año y tendrás 15 días de licencia por paternidad

Aprueban dictamen que será enviado al Ejecutivo

Por amplia mayoría, el Pleno del Congreso aprobó una norma que prohíbe el despido de los padres con hijos menores a 1 año, también amplía hasta por 15 días consecutivos la licencia por paternidad y permite a las gestantes o lactantes cambiar de modalidad de trabajo presencial a teletrabajo.

Durante los primeros 10 días de licencia por paternidad, el empleador o cooperativa siguen obligados al pago de la remuneración o retribución al trabajador, mientras que los siguientes 5 días son subsidiados por el Seguro Social de Salud (EsSalud).

En casos especiales, como el nacimiento de niños prematuros y partos múltiples, la licencia por paternidad será de 25 días calendario consecutivos. Durante los primeros 20 días, la remuneración estará a cargo del empleador o cooperativa, en tanto que los 5 días restantes son subsidiados por EsSalud.

Con su aprobación, el dictamen recaído en los proyectos de ley 1330/2021-CR, 1934/2021-CR, 2127/2021-CR, 2890/2022-CR, 2948/2022-CR, 3317/2022-CR, 4312/2022-CR y 3514/2022-CR quedó expedito para elaborar la autógrafa respectiva y ser enviada al Poder Ejecutivo.