
A partir de la norma los fabricantes cuentan con 180 días para regularizar sus productos o serán sancionados por el Minsa.
El Congreso de la República aprobó la ley que tiene por objeto brindar información de los alimentos sin gluten, a fin de que los consumidores, en especial aquellas personas que sufren a causa de esta proteína, adopten decisiones de consumo informadas.
La Ley N° 31881 fue oficializada a través del boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, e indica que los alimentos que se etiqueten como “libre de gluten “o “sin gluten” deberán cumplir con las condiciones que se fijan en el reglamento de la presente ley, el cual será aprobado en los próximos 60 días.
Según indica el texto, los alimentos de esta índole deberán tener en sus etiquetas, recipientes o envoltorios un símbolo de una espiga barrada dentro de un círculo,
Los fabricantes que incumplan la Ley serán sancionados por el Ministerio de Salud (Minsa) conforme a la gravedad de la falta y a la reiteración en la omisión de la información.
Cabe mencionar que, los proveedores, distribuidores o comerciantes, así como los productores o fabricantes, importadores o prestadores, y las empresas de alimentos tienen un plazo de 180 días, contados a partir de la vigencia de la norma, para adecuarse a la nueva norma establecida.
Como se sabe, el gluten es una proteína que se encuentra en muchos cereales, como son el trigo, cebada, centeno, triticale, espelta, entre otros.